lunes, 3 de abril de 2017

Las autoridades están obligadas a respetar los derechos fundamentales e inalienables de la persona humana.

El Catecismo de la Iglesia Católica dice que la autoridad no saca de sí misma su legitimidad moral. No debe comportarse de manera despótica, sino actuar para el bien común como una “fuerza moral, que se basa en la libertad y en la conciencia de la tarea y obligaciones que ha recibido”. La legislación humana sólo posee carácter de ley cuando se conforma a la justa razón; lo cual significa que su obligatoriedad procede de la ley eterna. En la medida en que ella se apartase de la razón, sería preciso declararla injusta, pues no verificaría la noción de ley; sería más bien una forma de violencia (S. Tomás de A., s. th. 1-2, 93, 3 ad 2). La autoridad sólo se ejerce legítimamente si busca el
bien común del grupo en cuestión y si, para alcanzarlo, emplea medios moralmente lícitos. Si los dirigentes proclamasen leyes injustas o tomasen medidas contrarias al orden moral, estas disposiciones no pueden obligar en conciencia.“En semejante situación, la propia autoridad se desmorona por completo y se origina una iniquidad espantosa”. “Es preferible que un poder esté equilibrado por otros poderes y otras esferas de competencia que lo mantengan en su justo límite. Es éste el principio del “Estado de derecho” en el cual es soberana la ley y no la voluntad arbitraria de los hombres”

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