martes, 5 de marzo de 2019

Una parte de los españoles no puede decidir por todos.


La Constitución española en su artículo 1 dice que “La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado”, y en el artículo 2 declara: “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”. Es decir, al día de hoy no es posible la secesión y la soberanía de España reside en todo el pueblo español, y por lo tanto  una parte de los españoles no pueden decidir por el todo. Por otra parte, la nación española es indivisible, por lo que la secesión no es legal. Por lo tanto habría que cambiar la Constitución. 

Se puede modificar la Constitución, e incluso incluye los cauces necesarios para poder hacerlo. Los artículos 87.2 y 166 establecen que si la Asamblea Legislativa de una Comunidad Autónoma, que tiene reconocida por la Constitución la iniciativa de reforma constitucional, formulase una propuesta en tal sentido, el Parlamento español deberá entrar a considerarla. Es decir, que el propio parlamento catalán podría solicitar esa reforma. El artículo 168 de la Constitución exige que el cambio constitucional sea aprobado por una mayoría de dos tercios de ambas cámaras, una disolución inmediata de las Cortes, elecciones generales, ratificación por la nuevas Cámaras de la reforma aprobada por las anteriores (también con mayorías de dos tercios), y un referéndum nacional para su ratificación.

Por otro lado, si Cataluña tiene el derecho de secesión en base a un supuesto derecho a decidir, no puede negar ese mismo derecho a una de sus partes. En el referéndum que se planteó en Canadá para la secesión de Quebec, una de las cuestiones que se acordaron era que si era necesario se redefinirían las fronteras. Concretamente, se estableció que “si una parte de la población del territorio en cuestión solicitara claramente seguir formando parte del Estado, deberá contemplarse la divisibilidad de dicho territorio con el mismo espíritu de apertura que llevó a aceptar la divisibilidad del territorio canadiense”.

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