La fértil intuición de Montesquieu de que “solo el poder frena al poder”, se desarrolla, tomándolo de una más o menos imaginada tradición constitucional inglesa, en la exigencia de que los poderes del Estado se repartan entre tres ramas u oficinas en principio incomunicadas e independientes, la de hacer las leyes, la de aplicarlas y la de juzgar conforme a ellas. Lo importante no es tanto el desarrollo concreto de la separación de poderes (que conocerá enormes modificaciones a lo largo de los siglos), como la idea constante de que el poder, todo poder, debe trocearse para que no invada con su dinámica al resto de la sociedad, así como la fascinación por la ley como instrumento o modo técnico de hacerlo, escribe el jurista José María Ruiz Soroa.
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