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sábado, 13 de julio de 2024

Un hecho histórico, una de las mayores aportaciones peninsulares a la innovación política

Alfonso VIII de Castilla
A finales del siglo XII se produjo un hecho histórico, una de las mayores aportaciones peninsulares a la innovación política, a las formas de gobierno, al origen del poder y, en suma, a las futuras democracias, la constitución de las primeras Cortes, que serían el germen de los parlamentos modernos en toda Europa. El honor se lo disputan dos lugares muy diferentes, uno de Castilla, la villa de San Esteban de Gormaz, hoy en la provincia de Soria, y otro de León, la propia ciudad de León. En mayo de 1187, el rey castellano Alfonso VIII convocó a una reunión en San Esteban de Gormaz no sólo a su curia, sino también a representantes de cincuenta ciudades y villas de Castilla, según algunos historiadores para que debatieran y aprobaran su propuesta de casar a su primogénita, Berenguela, con el duque alemán Conrado, hijo del emperador Federico I Barbarroja. Era la primera vez que a un alto órgano de gobierno del incipiente Estado asistían como representantes miembros del pueblo llano. 
Un año después, en 1188, el rey leonés Alfonso IX celebra en el claustro de la basílica de San Isidoro de León una curia regia extraordinaria e invita a ella a representes de las ciudades. Al parecer lo hizo por motivos económicos, porque necesitaba el pago de impuestos por parte de los burgueses de las ciudades a la hacienda real, pero lo cierto es que a partir de entonces se va a llamar Cortes.

jueves, 21 de marzo de 2024

La diferencia fundamental entre el gobierno de Adolfo Suárez y el de Arias Navarro

“La diferencia fundamental entre el gobierno de Adolfo Suárez y el de su antecesor, Arias Navarro, fue que el primero presentó una ley para la Reforma Política, mientras que Arias comenzó a forjar un proyecto de ley de Reforma de las Cortes y otras leyes fundamentales. Este proyecto de Arias alteraba, mediante una ingeniería jurídica, el sentido mismo de las Cortes franquistas, al pretender hacer de ellas un órgano político representativo, cosa que no eran, como es sabido. Luego, de forma convergente, se presentó un proyecto de ley de Asociaciones Políticas que debía dotar de cierto pluralismo al sistema de elección de los procuradores. Ambos proyectos reflejaban la obsesión de dotar a las Cortes franquistas de un simulacro de representación política nacional. En suma, era un proyecto de mínimos que no transformaba el entramado institucional completo, sino que introducía fases intermedias que dejaba fuera a las fuerzas políticas de oposición. Posiblemente, en su imaginario, Arias creyese que podía transformar la democracia orgánica en algo parecido a un simulacro de democracia de partidos controlados. El proyecto de Suárez, al rotularse ley para la Reforma Política (4 de enero de 1977), dejaba claro que cambiaría la lógica global del cosmos político del franquismo y que una democracia liberal semejante a las europeas sería el horizonte final. Al acompañarlo con la ley de la Amnistía, Suárez pudo ser persuasivo respecto a su propósito de que se avanzaba hacia una plena normalidad democrática. La reconciliación nacional también avanzaba desde el lado del ejecutivo. Pero no hay la menor duda de que el gobierno de Suárez era el gobierno del rey, y no tenía otra fuerza que la de contar con su confianza. La clave de su reforma pasaba, en todo caso, por la capacidad de conceder libertad a todas las fuerzas políticas de oposición. Si no era así, las apelaciones a la ciudadanía en referéndum tendría el mismo defecto de origen que en la época de Franco”, escribe el historiador y filósofo José Luis Villacañas.

viernes, 4 de agosto de 2023

Las primeras instituciones representativas de la historia de la humanidad surgieron en los reinos españoles de León y Castilla

Las primeras instituciones representativas de la historia de la humanidad surgieron a finales del siglo XII (1188) en los reinos españoles de León y Castilla. Poco después, en todos los reinos de la España cristiana se consolidaron las asambleas representativas (Cortes) tanto regionales como nacionales. Inglaterra, Austria, Brandemburgo, Sicilia, Portugal y el Sacro Imperio Romano siguieron su ejemplo en el siglo XIII; Francia, los Países Bajos, Escocia y Hungría en el siglo XIV; Polonia, Suecia y Dinamarca en el siglo XV.Las asambleas legislativas de base representativa únicamente existían en Europa, hasta que se copiaron o fueron trasplantadas a otros continentes por los europeos.

En España, en el siglo XIV,escribe el historiador Richard Pipes, las Cortes de Castilla, Aragón, Cataluña y Valencia obtuvieron la competencia exclusiva para aprobar todos los impuestos extraordinarios así como el derecho a participar en la redacción y aplicación de las leyes. El juramento de lealtad de los aragoneses a su rey excedía en audacia a cualquier cosa que la Cámara de los Comunes británica se hubiera atrevido a pronunciar: “Nosotros, que somos tan buenos como Usted, le juramos a Usted, que no es mejor que nosotros, aceptarlo como nuestro rey y señor soberano, siempre y cuando Usted respete todas nuestras libertades y leyes; pero si no lo hace, no lo aceptaremos”. Y sin embargo, las Cortes españolas también decayeron a principios del siglo XVI y, para finales del XVII, dejaron de tener importancia.

jueves, 6 de abril de 2023

El desamparo de los jóvenes

El profesor Xavier Reyes Matheus escribe que tras la implantación del sistema democrático en 1978, el adormecimiento de España en sus laureles ha recibido el baldazo frío de una crisis económica que hunde en su edad más productiva a los jóvenes que buscan trabajo. Este desamparo en el que de pronto se ven los jóvenes, acunados con un discurso muy semejante al que parodiaba Lucas Mallada, ha generalizado entre ellos un sentimiento de alienación que recuerda las admoniciones de José María Blanco White en 1811, cuando escribía que “el pueblo, que como los muchachos pregunta al ver una cosa nueva, ¿para qué sirve?, pierde la paciencia esperando que se le diga para qué sirven las Cortes, y se prepara para que al ver la Constitución y no entenderlo se responda él mismo, para nada”.Se ha cumplido a la letra la advertencia escrita por Tocqueville a mediados del siglo XIX: “Cuando los grandes partidos políticos empiezan a entibiarse en sus amores sin ablandarse en sus odios, y llegan al punto de desear menos su triunfo que el fracaso de sus adversarios, hay que prepararse a la servidumbre, el amo está próximo”.


lunes, 13 de junio de 2022

Fue en León en donde por primera vez se permitió el acceso de los miembros del estado llano a las Asambleas de las Cortes


Simon de Montfort

Fue en León en donde por primera vez se permitió el acceso de los miembros del estado llano a las Asambleas de las Cortes. Un día, con un largo séquito de caballeros, Simón de Monfort, conde de Leicester, viajó a Santiago de Compostela. Eran muchos los príncipes que recorrían cómodamente el camino. En el aprendió la condición de que los miembros del tercer estamento también estaban presentes en las Cortes. Cuando, como consecuencia de la revolución de 1258, se convirtió en Lord protector de Inglaterra, hizo lo mismo creando una Camara de los Comunes paralela a la de los lores. Esta conducta influyó en los Estados generales de Francia y en otros organismos italianos, aunque sin alcanzar la altura de los modelos inglés y español.

martes, 5 de marzo de 2019

Una parte de los españoles no puede decidir por todos.


La Constitución española en su artículo 1 dice que “La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado”, y en el artículo 2 declara: “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”. Es decir, al día de hoy no es posible la secesión y la soberanía de España reside en todo el pueblo español, y por lo tanto  una parte de los españoles no pueden decidir por el todo. Por otra parte, la nación española es indivisible, por lo que la secesión no es legal. Por lo tanto habría que cambiar la Constitución. 

Se puede modificar la Constitución, e incluso incluye los cauces necesarios para poder hacerlo. Los artículos 87.2 y 166 establecen que si la Asamblea Legislativa de una Comunidad Autónoma, que tiene reconocida por la Constitución la iniciativa de reforma constitucional, formulase una propuesta en tal sentido, el Parlamento español deberá entrar a considerarla. Es decir, que el propio parlamento catalán podría solicitar esa reforma. El artículo 168 de la Constitución exige que el cambio constitucional sea aprobado por una mayoría de dos tercios de ambas cámaras, una disolución inmediata de las Cortes, elecciones generales, ratificación por la nuevas Cámaras de la reforma aprobada por las anteriores (también con mayorías de dos tercios), y un referéndum nacional para su ratificación.

Por otro lado, si Cataluña tiene el derecho de secesión en base a un supuesto derecho a decidir, no puede negar ese mismo derecho a una de sus partes. En el referéndum que se planteó en Canadá para la secesión de Quebec, una de las cuestiones que se acordaron era que si era necesario se redefinirían las fronteras. Concretamente, se estableció que “si una parte de la población del territorio en cuestión solicitara claramente seguir formando parte del Estado, deberá contemplarse la divisibilidad de dicho territorio con el mismo espíritu de apertura que llevó a aceptar la divisibilidad del territorio canadiense”.

martes, 25 de julio de 2017

Las relaciones de los reyes con Godoy señalaban una relación paterno y materno filiales.

Godoy.
Godoy había salvado a España de una guerra destructiva contra la Francia revolucionaria, y en el conflicto con Inglaterra, si bien perdimos la batalla de Trafalgar, recuperamos Menorca para España. Éstos fueron los méritos de Godoy. Las calumnias contra la reina María Luisa achacándole relaciones carnales con Godoy son absurdas. Cuando Godoy llega a Madrid, María Luisa ya tiene ocho hijos y ha sufrido otros tantos abortos, con un total de dieciséis embarazos. No es creíble que una mujer en su situación tuviera ganas ni salud, para meterse en aventuras carnales. Pero además observadores de la época e historiadores coinciden en que las relaciones de los reyes con Godoy señalaban una relación paterno y materno filiales. Lo que autoriza la sospecha o hipótesis de un parentesco auténtico aunque en bastardía. El afecto entre el infante don Carlos y Godoy tenía mucho de fraterno, y de aquí que el odio de Fernando hacia Godoy se hiciera extensivo a Carlos. Esto explicaría que ante la dificultad de Fernando VII para engendrar un varón que le sucediera en el trono, Fernando presionase a su padre para que anulase la ley Sálica de 10 de mayo de 1713, por la cual se excluía a las hembras de poder heredar el trono, una ley que fue emitida por Felipe V. 

Familia de Carlos IV
Fernando VII obligó a su padre Carlos IV a derogar dicha ley, con lo que evitaría que su hermano Carlos pudiera heredar el trono si la descendencia de Fernando era únicamente femenina. Presionado por su hijo, Carlos IV emitió con las Cortes en 1789 la derogación de la ley Sálica, para que pudieran reinar hembras, pero aunque el rey y las Cortes aprobaran la derogación de la ley Sálica, dicha derogación no podía tener efectos, ya que tanto el rey como las Cortes se olvidaron de promulgar en forma este acuerdo de las Cortes sancionado por el monarca; y sin promulgación oficial, el acuerdo de las Cortes y el rey carece de legitimidad. Promulgación en forma, o sea, publicación, comunicación al pueblo, a la nobleza y a las otras casas reales europeas no la hubo. Fernando, en su enciclopédica ignorancia, no estaba al tanto de ese detalle legal. Carlos IV sin duda sí lo conocía pero dejó las cosas así, de modo que cuando llegase la ocasión si no había hijo varón Fernando tendría por sucesor en el trono a su hermano Carlos.


Carlos IV, tras la derrota de Napoleón, podía haber reclamado el trono de España que le fue arrebatado, pero no quiso. Continuó con su esposa María Luisa en el exilio en Roma. Ya eran dos viejecitos que paseaban del brazo por
jardines del Trastévere
los jardines del Trastévere o del Aventino. Al atardecer, el sol poniente tiñe de oro y rosa el oeste. Entonces Carlos apretando la mano de su esposa dice: «Por allí, detrás de aquellas nubes doradas, está España. ¿Te acuerdas de cuando éramos los reyes de España?». María Luisa, ya casi olvidado aquello, borroso el pasado en las neblinas de su ancianidad, mira a Carlos, le sonríe y se le llenan los ojos de lágrimas. Terminada la guerra de la Independencia, cuando Fernando recuperó el trono decidió establecer un sistema de gobierno totalmente absolutista, o sea que el único poder sería la voluntad del rey.

viernes, 9 de diciembre de 2016

Felipe V y Cataluña.

Algunos catalanes, desconocedores de la historia, manifiestan de forma repetitiva que el primer Borbón, Felipe V (Versalles 19 de diciembre de 1683-Madrid, 9 de julio de 1746) maltrató a los habitantes de Cataluña. Sin embargo  este rey les concedió todo lo que pidieron.
Mapa de Cataluña y Aragon del siglo XVIII.
Los franceses no eran queridos, sobre todo en Cataluña que guardaba un pésimo recuerdo de la presencia francesa en la guerra provocada por los sucesos de 1640; una Cataluña que no se resignaba a la pérdida del Rosellón y que había soportado muchas agresiones, culminadas con la toma de Barcelona en 1697. Luis XIV conocía estos sentimientos y recomendó a su nieto que tratara con miramiento a los catalanes. La recomendación no fue desoída; en las Cortes celebradas en Barcelona (1701-1702) para jurar al nuevo rey se les dio a los catalanes todo lo que pidieron, incluso dos barcos de registro a Indias.

Barcelona mapa 1697
Barcelona tuvo un crecimiento notable. Esta ciudad tenía 37.000 habitantes al terminar el asedio (1714) y rozaba los cien mil habitantes al finalizar el siglo. Influyó en este incremento la liberalización del comercio con América, pero más aún la desaparición de las aduanas interiores y del sistema de extranjería legal que dificultaba las actividades de los súbditos de la Corona de Aragón en el resto de España.Y todo gracias a Felipe V.

En las Cortes celebradas en Barcelona (1701-1702) para jurar al nuevo rey se les dio a los catalanes todo lo que pidieron