lunes, 19 de julio de 2021

Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo

Congreso de diputados

Mi amigo Pablo Ferrer publica en Hispanidad que “ha pasado prácticamente desapercibida, pero la “Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales” vulnera los más elementales principios de intimidad y privacidad personales. La norma fue aprobada en el Congreso el 15 de abril y publicada en el BOE el jueves 27 de mayo de 2021”.


El artículo 5.d, la ley contempla la “elaboración de perfiles”, esto es, utilizar datos personales “para evaluar determinados aspectos personales de una persona física, en particular para analizar o predecir aspectos relativos al rendimiento profesional, situación económica, salud, preferencias personales, intereses, fiabilidad, comportamiento, ubicación o movimientos de dicha persona física”. Se trata de espiar a alguien porque su perfil coincide con unos parámetros previamente establecidos y que le catalogan como un delincuente en potencia.


Artículo 16.4: “Los propietarios y, en su caso, los titulares de derechos reales sobre los bienes afectados por estas instalaciones, o quienes los posean por cualquier título, están obligados a facilitar y permitir su instalación y mantenimiento, sin perjuicio de las indemnizaciones que procedan”. Los ciudadanos sabrán que hay cámaras, pero no tendrán por qué conocer su emplazamiento exacto. Además, no podrán exigir que la autoridad competente les diga qué datos tienen de ellos. La ley no obliga al tenedor de los datos a facilitarlos, ni siquiera a los afectados. La norma establece que la utilización de dispositivos móviles de toma de imágenes y sonido no requieren de autorización judicial, sino que puede ser ordenado por el delegado o el subdelegado del Gobierno. Y si se trata de una urgencia, podrá ser el responsable policial, que tendrá que informar en menos de 24 horas al delegado del Gobierno.




¿Cómo es posible que el Congreso aprobara esta ley y lo hiciera, además, con un amplio consenso? Porque los partidos se fijaron en el retraso de la norma, es una transposición europea y en la multa de 20 millones impuesta a España. Solo el BNG criticó la ley, votó en contra, y Bildu se abstuvo porque no garantiza la utilización óptima de los datos personales. 

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