miércoles, 17 de diciembre de 2025

La libertad de pensamiento, conciencia y religión


Muchos actores jurídicos de relieve no acaban de comprender la importancia que tiene la libertad de pensamiento, conciencia y religión, señala Javier Martínez-Torrón. “Se trivializa el papel que la religión o las creencias, de las que procede el juicio individual de conciencia, desempeñan en la vida de las personas, sin advertir que definen una parte esencial de la propia identidad”. Martínez-Torrón subraya que “poner el acento en la exención sugiere la existencia de un privilegio o una anomalía”, y no cree que los objetores de conciencia sean una “anomalía humana” o busquen un trato privilegiado. Los conflictos entre conciencia y ley “normalmente afectan a una minoría de personas que tienen planteamientos morales que difieren de los de la mayoría. Presumir que esas personas son anormales implica un prejuicio incompatible con la noción contemporánea de derechos humanos”.
El profesor Martínez-Torrón manifiesta que las opciones religiosas y éticas se presentan a la persona como algo imperioso, “dotado de fuerza coercitiva interna; algo a lo que debe obedecerse”. Ese es precisamente el sentido de la libertad de religión y creencia, garantizar la autonomía de cada persona para determinar qué verdades ha de aceptar y qué valores morales debe respetar, “sobre la base de que el Estado no está legitimado para imponer una verdad o una moral uniformes a sus ciudadanos”.
La multiplicación de conflictos entre conciencia y ley es probablemente síntoma “de un fracaso del legislador, cuando rehúsa o es incapaz de percibir la dimensión ética de las reglas jurídicas, de tener en cuenta la diversidad religiosa y ética de la sociedad, y de adoptar un planteamiento verdaderamente inclusivo que prevenga, o al menos minimice, la posibilidad de que los ciudadanos que valoran su propia conciencia encuentren moralmente imposible obedecer algunas prescripciones legales”.


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