Mostrando entradas con la etiqueta derecho constitucional. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta derecho constitucional. Mostrar todas las entradas

miércoles, 27 de septiembre de 2023

Corresponde a los padres la elección de la enseñanza de sus hijos en la lengua oficial del Estado o en la lengua autonómica

Escribe Manuel Jardón que “se hace una ley ilegal, cuando se establece la obligatoriedad de la enseñanza en gallego para algunas asignaturas, cuando según la interpretación del Defensor del Pueblo sobre la constitucionalidad de esa disposición “corresponde a los padres la elección de la enseñanza de sus hijos en la lengua oficial del Estado o en la lengua autonómica; por ello, puede usted elegir la enseñanza en castellano para sus hijos, en el ejercicio de un derecho constitucional”. Esa constitucional libertad de los padres para escoger la lengua, estatal o autonómica, en la que prefieren que se les enseñe a sus hijos se ve impedida además por la Ley de Normalización lingüística al establecer que “los alumnos no podrán ser separados en centros diferentes por razón de lengua. También se evitará, a no ser que con carácter excepcional las necesidades pedagógicas así lo aconsejasen, la separación en aulas diferentes”; salvo que para hacer compatibles la libertad constitucional de escoger la lengua de enseñanza por parte de los padres y el citado precepto de la legislación gallega se recurriera a un sistema de traducción simultánea en cada aula, para que cada alumno siga las clases en el idioma deseado por sus padres. Todas las fuerzas políticas presentes en el Parlamento de Galicia, entre ellas las en teoría españolistas PSOE y Alianza Popular, aprobaron por unanimidad la inclusión en la Ley de Normalización lingüística del deber de conocer el gallego; “Todos los gallegos tienen el deber de conocerlo (el gallego) y el derecho de usarlo”, decía el artículo primero; pero después de casi tres años el Tribunal Constitucional falló en contra de dicho artículo.”
Si el gallego fuera la lengua querida por los gallegos, no haría falta insistir tanto en el deber, bastaría con reclamar el derecho.

Arrinconando y eliminando el español

Manifiesto de 1989 publicado por la Asociación Cultural Miguel de Cervantes, que se abría con la proclamación de que nunca se había opuesto a la difusión y cultivo de la lengua catalana, faltaría más; pero que eleva su protesta ante el hecho de que “la implantación, cultivo y propagación del catalán se hace a costa de la paulatina desaparición del uso, enseñanza y propagación del español, idioma común de todos los españoles, oficial del Estado y propio de más de la mitad de la comunidad humana que habita en Cataluña”.Implacable eliminación gradual del español en los rótulos de calles y carreteras, en las emisoras públicas de radio y televisión; en todos los medios públicos dependientes de la Generalidad que emiten exclusivamente en catalán. La discriminación en favor de los autores que escriben en catalán frente a quienes lo hacen en español es patente y abusiva. Todas las instituciones catalanas están arrinconando y eliminando al español. El derecho constitucional a recibir enseñanza en español se conculca continuamente en todos los niveles de la enseñanza,con grave perjuicio para los alumnos. La única esperanza es que la lucha de una lengua minoritaria como es el catalán contra una lengua universal como el español provoque en algún momento el rechazo de partes sustanciales de la sociedad catalana, que por el momento viven acomplejadas ante la imposición totalitaria del catalán, escribió el catedrático Ricardo de la Cierva.
El exdirector de la Real Academia Española,profesor Rafael Lapesa, en un artículo publicado en El País el 2 de julio de 1988, tras afirmar y probar que en España se vulnera continuamente la Constitución en lo que se refiere al español, dice:“Todo esto va creando una desintegración creciente de España”.

martes, 24 de abril de 2018

El derecho constitucional europeo reconoce que en todos sus Estados regirán las Constituciones de cada uno de los Estados miembros.


El derecho constitucional europeo reconoce que en todos sus Estados regirán las Constituciones de cada uno de los Estados miembros. España tiene una Constitución que los propios nacionalistas catalanes ayudaron a redactar y que suscribieron como un pacto político para poder existir dentro de España. Una Constitución que fue aprobada en 1978 por referéndum, referéndum en el que también participó el pueblo catalán. Un texto constitucional redactado, entre otros, por Miquel Roca, exsecretario general del CDC e histórico nacionalista catalán. Según esta Constitución no se pueden convocar referéndums o consultas que afecten a la unidad de España. Nuestra Constitución en ese punto es similar a la de Estados Unidos.

En España, según la Constitución, no se puede convocar un referéndum para que los ciudadanos de una nacionalidad o región decidan si quieren constituirse en Estado independiente. No lo puede convocar la comunidad autónoma, pero tampoco el Estado. No es un problema de titularidad de la competencia para convocar tal referéndum, sino de la inconstitucionalidad absoluta de convocarlo. El propio acto de preguntar es anticonstitucional.

España y Cataluña se encuentran en una posición distinta a
la del Reino Unido de Gran Bretaña y Escocia, o Canadá y Quebec. Nadie discute en estos dos países que se puede convocar un referéndum para que los ciudadanos de Escocia o de Quebec puedan decidir si quieren ser independientes o no. Su Constitución se lo permite.