viernes, 11 de abril de 2025

Dos reglas morales de la guerra justa

La tradición de la guerra justa contiene dos reglas morales absolutas que nunca pueden ignorarse, la obligación de justificar en forma adecuada el uso de la fuerza y el principio de inmunidad de los no combatientes. La primera regla establece que los líderes políticos solo pueden iniciar una guerra si presentan motivos válidos para hacerlo. Esta regla se basa en por lo menos dos consideraciones.Primero, la sociedad internacional tiene como base el reconocimiento mutuo de los Estados de que están vinculados por un conjunto de normas en común. El orden en una sociedad tal se basa en el reconocimiento mutuo de soberanía y en el principio de no intervención. Como tales, a los Estados les conviene mantener a la sociedad internacional que en parte les confiere su entidad. Desde luego, el principio de no intervención ha sido vulnerado repetidas veces, pero cuando los Estados u otros actores toman este curso de acción, se sienten obligados a ofrecer una justificación especial. Es necesario que así sea, porque no justificar sus acciones socavaría los principios de legitimidad que en su conjunto constituyen la sociedad internacional.Segundo, la obligación de justificar sus actos restringe el recurso a la guerra. Jeremy Bentham sostuvo que si los líderes políticos tuvieran la obligación de hacer públicas sus razones para iniciar una guerra, sometiéndolas al escrutinio interno e internacional, tendrían menos posibilidades de iniciar guerras abiertamente injustas. Asimismo, los teóricos de la “paz democrática” argumentan que es menos probable que los Estados democráticos inicien guerras injustas, en parte porque sus gobiernos tienen que lograr consenso político interno para hacerlo y están limitados por normas legales.Los Estados poderosos y legítimos gozan de un grado mayor de elasticidad que los más débiles y/o menos legítimos. Sin embargo, ninguno puede escapar a la exigencia de justificar de manera adecuada su decisión de iniciar la guerra.
La segunda regla absoluta es la inmunidad de los no combatientes. La idea de que los no combatientes deben gozar de inmunidad frente a los ataques directos es uno de los elementos fundamentales de la "convención de guerra", comoquiera que se la conciba. Sun Tzu en la China del siglo V, así como las antiguas civilizaciones hindú, egipcia y hebrea, pensaban que se debía tratar con respeto a los prisioneros de guerra y no combatientes, mientras que en la tradición occidental Platón insistía en que los ejércitos se abstuvieran de incendiar viviendas y matar a la población civil del Estado enemigo.El derecho canónico medieval prohibía el uso de la fuerza contra ciertas personas que desempeñaban funciones de importancia en tiempos de paz y no participaban en las hostilidades (clérigos, granjeros, comerciantes), mientras que la tradición de la caballería prohibía la violencia contra los débiles. Puede decirse que el principio de inmunidad de los no combatientes es el elemento más claro y de mayor aceptación dentro del derecho de guerra contemporáneo.
Referencia:Guerras justas. De Cicerón a Iraq de Alex J. Bellamy. Profesor de Relaciones Internacionales en la Universidad de Queensland (Australia).

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