El siglo XIV, tiempo de depresión, había visto pasar, como un terrible viento, castigo de Dios, a los cuatro jinetes del Apocalipsis: hambre, guerra, peste y muerte. Un gran esfuerzo de reconstrucción moral se hacía preciso para sacar a la Cristiandad de aquel abismo. No cabe duda de que la presencia del cardenal de Luna durante un decenio influyó de modo muy poderoso para que la reforma española, que se situó en posiciones de vanguardia. Durante la legación del cardenal Luna, San Vicente Ferrer, que precisamente en 1379 había renunciado al priorato sobre los dominicos de Valencia para disponer de entera libertad, volcándola en la enseñanza y la predicación, se convirtió en un gran orador, según el gusto del tiempo, que hacía la propaganda en orden a demostrar que aquellas ondas de desorden, vicio y división, anunciaban ya el fin del mundo, empujando a sus oyentes a considerar como negocio casi exclusivo la salvación.San Vicente trataba de comunicar precisamente aquellos esquemas doctrinales que empleara en la redacción de su libro De vita spirituali: como hacían también los maestros de la devotio moderna, reclamaba una estricta imitación de Cristo en el desasimiento de toda clase de bienes en este mundo, sin incurrir, sin embargo, en el exceso de reputarlos como males; la frecuencia en la recepción de sacramentos de penitencia y eucaristía era el puente que permitía al hombre entrar en directa relación con la Trascendencia.
La señal de partida para la reforma fue dada, presente el cardenal, en las Cortes de Segovia (setiembre/octubre de 1383), en donde se promulgaron leyes en relación con la vida de la Iglesia. Siendo definido el reino como una comunidad religiosa (sólo los bautizados podían entrar en la categoría de súbditos), el proceso tenía que incluir necesariamente decisiones temporales y espirituales.Todas las decisiones de los gobernantes deben someterse a la ley de Dios, lo cual significaba abundantes límites en sus competencias. En aquellas Cortes de Segovia aproximadamente la mitad de las cincuenta y cinco leyes que se promulgaron estaba relacionada con la disciplina de la Iglesia, no es difícil reconocer la mano del cardenal. En aquellas Cortes se dictaron disposiciones para desarraigar el juego de azar, pecado grave, el amancebamiento de los clérigos y el adulterio tanto de éstos como de laicos.
La propuesta de reforma, conducente a conseguir una sociedad moralmente más sana, sometida a las estructuras jerárquicas y llamada a anteponer la conciencia del deber a las prerrogativas y privilegios que comportaba el estado eclesial, era, sin duda, arma de dos filos; establecía fuertes limitaciones, más eficaces de lo que suele juzgarse, a los excesos del poder político, pero al mismo tiempo se inclinaba en favor de un verdadero clericalismo. La reforma española pudo avanzar en el reconocimiento de los derechos humanos y en la apertura a otros pueblos idólatras.Pero, al mismo tiempo, carecía de solución adecuada para aquellos sectores de población que, al profesar la fe mosaica o musulmana, no podían ser aceptados como parte del reino. Judaísmo e Islam tampoco tenían propuestas.







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