La secularización, como proceso de diferenciación entre las instituciones políticas y las religiosas, es un fenómeno de las sociedades maduras, inspirado, entre otras, en la enseñanza evangélica de “Dad al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios” (Mateo 22:21). El dualismo estructural Iglesia-Estado que propone la secularización es profundamente beneficioso tanto para la religión como para la política, ya que protege a las comunidades religiosas de la dominación política y a las comunidades políticas del control religioso.La distinción entre espiritualidad y religión, que algunos estudiosos laicistas han utilizado para arrinconar la dimensión institucional de la religión y priorizar la idea de una espiritualidad ambigua que no requiere ningún tipo de protección jurídica. Esta pertinente distinción entre espiritualidad y religión no socava en ningún momento el valor fundamental de la religión, y no puede llevar a reducir la religión a una mera estructura organizada ni a transformar la espiritualidad en un confuso y amorfo espiritualismo. Además, las religiones, a menudo, han dado forma a diferentes tradiciones espirituales porque la espiritualidad, hasta cierto punto, requiere encarnarse en la cultura, la historia, la fe y las comunidades, del mismo modo que la comunicación solo se vivifica en un sistema lingüístico determinado.
Dios, la creación, la naturaleza, la razón y la moral están inseparablemente conectados. El universo creado ofrece testimonio de las leyes de Dios y comunica conocimiento moral. Lo natural y lo sobrenatural no son dos dimensiones meramente yuxtapuestas, sino dos dimensiones interconectadas de una realidad multidimensional que incluye distintas dimensiones como la jurídica, la política, la moral y la religiosa, entre otras. Cada dimensión de la realidad es autónoma en su propio ámbito de aplicación, pero queda integrada en una dimensión más profunda. Lo jurídico en lo político, lo político en lo moral y lo moral en lo espiritual.
La espiritualización de los sistemas jurídicos (entre otros métodos) puede promover una justicia más pura y ecuánime, unos acuerdos más estables y una protección más fuerte de los derechos. Si se lleva a cabo correctamente, la espiritualización del derecho fomenta la limitación de cualquier tipo de dominación, inspira la reducción de la coerción, estimula la comunión y el consenso en la sociedad y aumenta el respeto por el derecho y los sistemas jurídicos. La espiritualización exige el reconocimiento de la dimensión superior del derecho y, por lo tanto, ayuda a las sociedades a repensar, reorientar, renovar, reformar y reimaginar el derecho y los sistemas jurídicos.
Referencia:Extracto de la introducción del libro de Rafael Domingo Oslé titulado Law and Religion in A Secular Age