Dice R. W. Southem, destacado historiador medieval inglés con sede en la Universidad de Oxford, que “el odio a cuanto no dependía de la norma sino de la voluntad adquirió gran importancia en la Edad Media… Cuanto más se aproximaba el ciudadano a la libertad, en mayor medida podía ampararse en el derecho y menos sujeto se encontraba a la voluntad… El derecho no era el enemigo de la libertad. La libertad fue, por el contrario, fruto de la asombrosa variedad de leyes que poco a poco fueron surgiendo durante este periodo… A cualquier nivel, el ciudadano se acercaba a la libertad acrecentando el número de normas a las que estaba sujeto… Solo cuando la libertad quedó articulada al quedar adscrita a los estados de caballero, burgués o noble, pudo ser observada, analizada y medida… La libertad es creación del derecho y el derecho es la razón en acción. Es la razón la que asigna su condición al ser humano. La tiranía, sea del rey Juan o del Demonio, es consecuencia de la ausencia de ley”(The Making of the Middle Ages, New Haven, 1953)
Adam Ferguson, filósofo, científico social e historiador de la Ilustración escocesa, en Principies of Moral and Political Science (Edimburgo, 1792) escribe que “la libertad no es, como pudiera parecer teniendo en cuenta el origen del término, la total ausencia de freno, sino, por el contrario, la aplicación efectiva de adecuadas limitaciones al comportamiento de todos los miembros integrados en un Estado libre, trátese de magistrados o de meros ciudadanos”. “Solo al amparo de adecuadas restricciones está la persona segura y a cubierto de agresión contra su libertad, hacienda o lícito comportamiento. El establecimiento de un gobierno justo y eficaz es, entre todas las realidades de la sociedad civil, la más esencial para la libertad; porque solo cabe en justicia decir que alguien es libre si el gobierno es lo bastante fuerte como para protegerlo. Deberá, sin embargo, al propio tiempo, hallarse tan sometido a restricciones como sea oportuno para que no pueda abusar de su poder”.
Adam Ferguson, filósofo, científico social e historiador de la Ilustración escocesa, en Principies of Moral and Political Science (Edimburgo, 1792) escribe que “la libertad no es, como pudiera parecer teniendo en cuenta el origen del término, la total ausencia de freno, sino, por el contrario, la aplicación efectiva de adecuadas limitaciones al comportamiento de todos los miembros integrados en un Estado libre, trátese de magistrados o de meros ciudadanos”. “Solo al amparo de adecuadas restricciones está la persona segura y a cubierto de agresión contra su libertad, hacienda o lícito comportamiento. El establecimiento de un gobierno justo y eficaz es, entre todas las realidades de la sociedad civil, la más esencial para la libertad; porque solo cabe en justicia decir que alguien es libre si el gobierno es lo bastante fuerte como para protegerlo. Deberá, sin embargo, al propio tiempo, hallarse tan sometido a restricciones como sea oportuno para que no pueda abusar de su poder”.
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